27 nov 2014

Todo lo que nuestros congresistas deben saber sobre el Tercer Protocolo de la Convención sobre los Derechos del Niño


El Equipo de Incidencia en Derecho de IPRODES, Save the Children en Perú y Acción por los Niños celebran que el Congreso de la República del Perú debata en el pleno el Tercer Protocolo Facultattivo sobre un procedimiento de comunicaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, este instrumento facilitará el acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes en el mundo entero.

¿ Qué es el Tercer Protocolo Facultativo?

Los Protocolos Facultativos sirven para complementar una Convención existente y reconocer nuevos compromisos que deben respetar los gobiernos. Un procedimiento de quejas o de comunicaciones puede ser usado por una persona o un grupo de personas que siente que se les ha vulnerado sus derechos, al interponer una queja lo hacen ante un Comité, a nivel internacional, de expertos en el tema

El Tercer Protocolo #OP3 es el procedimiento de queja para la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU y sus respectivos Protocolos Facultativos. Si un niño o un grupo de niños sienten que sus derechos han sido vulnerados, y no es posible encontrar una solución en su país, podrán interponer una queja ante las Naciones Unidas.

¿Qué deben tener en cuenta nuestros legisladores?

1. Que el Estado peruano ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU y sus dos Protocolos Facultativos;

2. Que el Estado peruano participó activamente en la elaboración del Tercer Protocolo, su lanzamiento y la firma del mismo;

3. Que ayudarían a que los niños, niñas y adolescentes sean protegidos por todos los medios disponibles, mediante el procedimiento de quejas individuales ante el Comité de Derechos del Niño de la ONU, así como garantizar que los casos de violaciones de derechos humanos de la niñez pueda ser examinado por un Comité de 18 expertos en derechos de la Niñez;

4. Que la sola existencia de un procedimiento de quejas individuales para niños, niñas y adolescentes es una forma de control preventivo para los Estados que respeten sus derechos; 

5. Una de las metas del #OP3 es animar a los gobiernos a crear buenas soluciones para niños, niñas y adolescentes a nivel local y regional;

6. En suma, este mecanismo completa y fortalece el sistema de protección internacional de los derechos del niño, ya que era el único órgano de tratado sin procedimiento de quejas.


Los Estados que a la fecha han ratificado el Tercer Protocolo #OP3


Estado participante
Firma
Ratificación
1
Gabón

25 Sept 2012
2
Tailandia
25 Sept 2012
25 Sept 2012
3
Alemania
28 Feb 2012
28 Feb 2013
4
Bolivia

02 Abr 2013
5
Albania
24 Sep 2012
29 may 2013
6
España
28 Feb 2012
03 Jun 2013
7
Montenegro
28 Feb 2012
24 Sep 2013
8
Portugal
28 Feb 2012
24 Sep 2013
9
Eslovaquia
28 Feb 2012
03 Dic 2013
10
Costa Rica
28 Feb 2012
14 Ene 2014
11
Bélgica
28 Feb 2012
30 May 2014
12
Irlanda
24 Sep 2014
24 Sep 2014
13
Mónaco
24 Sep 2014
24 Sep 2014
14
Andorra
26 Sep 2012
25 Sep 2014
15
Argentina
25 Jul 2012
25 Nov 2014
16
El Salvador
25 Jul 2013

17
Uruguay
28 Feb 2012
22 Dic 2014
18
Perú
28 Deb 2012
¿?
 

10 razones porque el Estado peruano debe ratificar el #OP3: http://kausajusta.blogspot.com/2013/02/el-estado-peruano-ya-ratifico-el-3er.html

Para conocer el Tercer el Tercer Protocolo y su Reglamento #OP3: http://kausajusta.blogspot.com/2013/09/tercer-protocolo-facultativo-y-su.html

Comprendiendo mejor el Tercer Protocolo #OP3 (Folleto para niños y niñas): http://kausajusta.blogspot.com/2014/05/promover-el-protocolo-entre-ninas-ninos.html

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